LA UBICACIÓN INSTITUCIONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE (DINAMA) Y DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (DINOT)

Daniel Mesa

13.02.2012

La ubicación institucional de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) y de la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial (DINOT)

Una mala idea

El Presidente de la República manifestó, a los legisladores del Frente Amplio y a los Ministros presentes en la reunión de coordinación desarrollada la pasada semana en la residencia presidencial de la calle Suárez, su voluntad de cambiar la ubicación institucional de la DINAMA y de la DINOT.

Propuso transformar dichas direcciones en agencias y ubicarlas en la órbita de OPP, a los efectos de ganar velocidad en la aprobación de proyectos de inversión, en cuyo proceso estas direcciones intervienen y de mejorar la coordinación de las tareas desarrolladas por DINAMA y DINOT con los Ministerios de Ganadería Agricultura y Pesca y de Industria, Energía y Minería.

Esta decisión se originaría en la existencia de trabas y demoras en los estudios de impacto medio ambiental en proceso en la DINAMA.

Para solucionar las trabas y demoras no es necesario realizar un cambio institucional, basta con analizar sus causas y a partir de ahí resolver el problema, mejorando procedimientos, asignando más recursos si fuera necesario o cambiando a la Ministra, si se entiende que no está en condiciones de superar las dificultades.

El cambio institucional propuesto no resuelve el problema, nada asegura que una OPP cuya misión no es ejecutar sino asesorar y que por otra parte no alcanza a cumplir con las tareas que le asigna la Constitución de la República, esté en condiciones de ser más rápida que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para tramitar Estudios de Impacto Medio Ambiental o informes de Ordenamiento Territorial.

Si el motivo real es un intento de especializar a un ministerio en el tema de la Vivienda,

la Constitución de la República le permite al Presidente reasignar directamente tareas entre los Ministerios y ubicar a la DINAMA y la DINOT en otros ministerios.

Diferencias institucionales entre los Ministerios y la OPP

El artículo 168 de la Constitución establece las atribuciones del Presidente de la República: “Al Presidente de la República, actuando con el Ministro o Ministros respectivos, corresponde…”.

Las decisiones del Poder Ejecutivo requieren la firma del Presidente y de por lo menos un Ministro y los ministros son responsables políticamente ante el Parlamento, cada Ministerio en su campo es responsable de la Elaboración y Ejecución de alguna o algunas políticas públicas.

El artículo 230 de la Constitución crea la OPP, dependiendo directamente de la Presidencia de la República, “dirigida por una Comisión integrada con representantes de los Ministros vinculados al Desarrollo y por un Director, designado por el Presidente de la República, que la presidirá.

Establece también cuales son las funciones de la OPP:

“…asistirá el Poder Ejecutivo en la formulación de los planes y programas de desarrollo, así como en la planificación de las políticas de descentralización…

Asimismo el artículo 214 de la Constitución dispone: “El Poder Ejecutivo proyectará con el asesoramiento de la OPP, el Presupuesto Nacional…

La OPP no es un Ministerio, al que el Presidente puede asignar la definición y aplicación de la Política de Medio Ambiente, de Ordenamiento Territorial o cualquier otra, es un organismo asesor del Poder Ejecutivo en Planes y Programas de Desarrollo, Política de Descentralización y Presupuesto Nacional. No está dirigida por un Ministro, responsable ante el Parlamento, sino por un Director, cargo de confianza del Presidente.

Recordemos además que los Ministerios, como responsables de la elaboración de políticas públicas, tienen referencia sobre los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados que aplican esas políticas.

La OSE se relaciona con el MVOTMA, en el cambio propuesto pasaría a vincularse con el Poder Ejecutivo a través de la OPP, no parece adecuado que este organismo asesor fije las políticas en materia de agua y saneamiento.

Tienen razón quienes sostienen que esta propuesta del Presidente de la República es inconstitucional, la OPP no puede ni debe actuar como un Ministerio.

Efectos de una mala decisión sobre las Inversiones Directas en el Uruguay

Esta propuesta de cambios institucionales, equivocada porque no soluciona el problema que la origina, inconstitucional por su forma, generará más incertidumbre en los inversores acerca de la marcha de los Estudios de Impacto Medio Ambiental o de las autorizaciones vinculadas al Ordenamiento Territorial.

Si el Presidente se preocupa por trabas administrativas en un Ministerio que hace años que maneja estos temas, ¿qué puede pasar en otro organismo que los desconoce?, seguramente las demoras administrativas serán mayores, traslados de personal, nuevos jerarcas, rediseño de procedimientos, significan tiempo y la percepción de riesgo que trae cada cambio.

El remedio parece ser peor que la enfermedad.

En conclusión:

  • La propuesta no asegura la solución del problema, no necesariamente acorta los trámites de habilitaciones para proyectos de inversión.

  • Habría que reformar la Constitución para que la OPP actuara como un Ministerio, cuya función sustantiva es la fijación de políticas públicas.

  • Se genera una situación de mayor incertidumbre en los inversores, empobrece el clima de negocios que el Uruguay ha construido con mucho esfuerzo.

  • Si se quieren acelerar trámites hay que investigar cuales son las causas de las trabas y levantarlas

  • Si se quiere especializar al MVOTMA en la política de vivienda pueden trasladarse la DINAMA y la DINOT a los Ministerios que el Presidente establezca, aparentemente la primera al MGAP y la segunda al MIEM.

Sería conveniente que de una vez por todas se dejara de lado esta metodología de lanzar propuestas sin una previa valoración de su viabilidad política, técnica y económica.

 

Daniel Mesa
2012-02-13T10:47:00

Daniel Mesa
Contador Público
Ex subdirector de OPP
Ex director de la unidad de presupuesto nacional del MEF

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